Beneficiate del bono social


Se trata de una medida de carácter social diseñada para favorecer a los colectivos más vulnerables.
Podrán acogerse al bono social cuatro colectivos: a) los clientes domésticos residencias con una potencia contratada inferior a 3 KW; b) los pensionistas con prestaciones mínimas; c) las familias numerosas y d) los hogares en los que todos sus integrantes se encuentren en situación de desempleo.
En todos los casos, el beneficiario deberá estar acogido a la TUR, ser una persona física y el contrato para el que se solicita el bono social debe ser el de su vivienda habitual.
El bono social se disfruta por un periodo de dos años. Para volver a beneficiarse de él deberá acreditarse de nuevo que se cumplen los requisitos. Cuando el afectado deje de cumplir las condiciones que le permiten disfrutar del bono social deberá comunicarlo a la compañía ( Ver modelo [PDF] 
Las empresas deberán remitir a sus clientes una carta junto con las facturas de los meses de junio y julio, con el fin de comunicar la existencia del bono social y publicitar el procedimiento para su solicitud. ( ver carta [PDF] [19 Kb] )

 El ahorro que supone el Bono Social es de un 25% de descuento respecto al PVPC (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor).
Para poder contratar el Bono Social, tenemos que cumplir cuatro requisitos:

1º) Tener contratada la tarifa PVPC (Precio Voluntario del Pequeño Consumidor) y ser los titulares del contrato de electricidad.
2º) Que el domicilio para el que solicitemos el Bono Social sea nuestra residencia habitual.
3º) Formar parte de uno de estos grupos
          Ser un cliente doméstico con una potencia contratada inferior a 3 KW.
          Ser pensionista con prestaciones mínimas y tener 60 años o más de edad.        
          Ser familia numerosa
          Vivir en un hogar en el que todos sus integrantes se encuentren en situación de desempleo
4º) No exceder un máximo de ingresos anuales por familia, marcado por el gobierno en:

Para una persona el 120% del salario mínimo interprofesional (10.841€), para la segunda el 70% (7.588€) y para la tercera y siguientes el 50% (5.420€).

Trámites y documentación necesaria

  • Pensionistas

    Deberán entregar una solicitud [PDF]  y aportar una fotocopia del DNI del titular del punto de suministro de electricidad, certificado de empadronamiento del titular del punto de suministro, fotocopia de la última factura, una declaración de la veracidad de la documentación presentada y un certificado emitido por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social acreditando que es beneficiario del bono social. La Seguridad Social está enviando una carta a todos los pensionistas beneficiarios del bono social en la que se incluye el certificado que deben presentar.
  • Familias numerosas

    Deberán entregar una solicitud y aportar una fotocopia del DNI del titular del punto de suministro de electricidad, certificado de empadronamiento del titular del punto de suministro, fotocopia de la última factura, una declaración de la veracidad de la documentación presentada y fotocopia del carné de familia numerosa.
  •  El Bono Social eléctrico protege a familias numerosas y hogares con bajos ingresos, con descuentos en la factura entre el 25% y su gratuidad total
  •   En el caso de las familias numerosas el descuento aplicado es de un 25% sobre la factura total. Este porcentaje, dependiendo de diversas situaciones más como el riesgo de exclusión social, puede ser aún mayor.



    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    - Hay que ser titular del suministro eléctrico contratado en la residencia habitual de la familia numerosa.

    - Tener contratado el PVPC, es decir, el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor.

    - La concesión de familia numerosa. - No superar el consumo máximo de 345 kWh mensual y el 4.140 kWh anual."
  • .
  • Hogares con todos sus miembros en desempleo

    Deberán entregar una solicitud y aportar una fotocopia del DNI del titular del punto de suministro de electricidad, fotocopia del libro de familia (sólo en el caso de unidades familiares de dos o más miembros), certificado expedido por el ayuntamiento con la lista de empadronados en el domicilio del punto de suministro, fotocopia de la última factura, una declaración de la veracidad  de la documentación presentada, haciendo figurar en la misma los componentes de la unidad familiar, autorizando la comprobación de los datos, relativos a su condición de desempleados, en los correspondientes registros públicos y, en su caso, de las Mutualidades de Previsión Social alternativas.
    Se considerarán en situación de desempleo aquellos solicitantes y miembros de la unidad familiar que, sin tener la condición de pensionistas, no realicen ninguna actividad laboral por cuenta ajena o propia.

Penalizaciones

Los consumidores tienen la obligación de comunicar a su comercializadora de último recurso cualquier cambio que suponga la pérdida del derecho a percibir el bono social ( ver modelo [PDF] [17 Kb] ).
El incumplimiento de los requisitos para la aplicación del bono social dará lugar a la refacturación del suministro desde la fecha en que se produzca dicho incumplimiento en función de la tarifa de último recurso vigente aplicando un recargo del 10 por ciento.
Lo mejor, acercaos a las oficinas


"Desde la liberalización del sector energético en 2009, el mercado eléctrico quedó dividido en dos partes: regulado y liberado. El PVPC es la tarifa del mercado regulado, conocida anteriormente como Tarifa de Último Recurso (TUR). El nombre tomó forma el 1 de abril de 2014 de la mano de una normativa pensada para regular el sistema eléctrico mientras se determina el coste de la luz en la factura de electricidad de cada consumidor. De esta manera el significado de las siglas PVPC (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor) toman sentido. Las comercializadoras oficiales, tras el cambio de nombre ordenado por la CNMC, que ofrecen esta tarifa son:

- Energía XXI Comercializadora de Referencia, S. L. (Grupo Endesa)
- Curenergía Comercializador de Último Recurso, S. A. U. (Grupo Iberdrola)
- Comercializadora Regulada, Gas & Power, S.A. (Grupo Naturgy)
- Baser Comercializadora de Referencia, S. A. (Grupo EDP)
- Régsiti Comercializadora Regulada, S. L. U. (Grupo Repsol tras la compra de
 Viesgo)
- Teramelcor, S. L. (Melilla)
- Energía Ceuta XXI Comercializadora de Referencia, S. A. U. (Grupo Endesa)
- Comercializador de Referencia Energético, S. L. U. (grupo CHC)"

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