EL falso autónomo,contrato mercantil

Todos habremos oído hablar sobre el contrato mercantil, o de falso autonomo pero sabemos realmente en que consiste?

Un contrato mercantil suele ser menos  costoso para la empresa que un contrato laboral.

Un contrato mercantil. Digamos que si eres comercial, vendedor o representante y acudes a una empresa para trabajar con ellos bajo este contrato, automáticamente te conviertes en trabajador autónomo. Trabajas para una empresa, pero realmente tú te conviertes en empresario con movimientos muy limitados.

Si aceptas trabajar con este contrato de falso autónomo, debes saber que tendrás que darte de alta como autónomo y pagar a la seguridad social como tal, tengas beneficios o no. También debes saber que como trabajador por cuenta ajena,la empresa ni te pagará indemnización cuando termine el contrato, ni finiquito, ni vacaciones, ni bajas.

El trabajador es contratado para realizar una obra o servicio, pero sin el deber de obedecer al empresario en el cómo ni cuándo. El trabajador se convierte en un trabajador por cuenta propia, en lugar de ajena.En este sentido, aquella persona que firme este tipo de contratos, no se puede considerar trabajador a los efectos del Estatuto de los trabajadores, y por lo tanto, no goza de los derechos recogidos en el mismo. Por otro lado, la empresa tampoco tiene la obligación de cotizar a la Seguridad social por el trabajador.

                Con este tipo de contrato, no tendrás derecho a paro 


No hay nóminas.  El trabajador emite una factura para que la empresa le pague. Esa factura lleva IVA y retenciones de IRPF.  Como en el contrato se suele establecer el pago en función de comisiones, los ingresos son inciertos, pero tanto si los hay como si no, el trabajador asume la obligación de pagar mensualmente su cuota a la Seguridad Social.

Ojo con estos contratos ,como en todo, ahí fraude, lee siempre bien el contrato antes de firmar, intenta que no te tomen el pelo, y recuerda que con el afán de recaudación por parte de las administraciones públicas, te examinarán con lupa, por lo que será necesario que lo hagas de la forma más legal posible.

A partir del 1 de Enero del 2019 el contrato de falso autonomo o contrato mercamntil sera sancionado
con hasta 10.000 euros de multa por cada trabajador que esté mal encuadrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos debiendo estar en el Régimen General o por el trasvase de trabajadores del Régimen General al RETA.

1 comentario:

  1. Muy interesante el post, siempre es bueno tener vigilados estos cambios que se pueden dar, estar alertas a cualquier es básico para no tener que lamentarlo en un futuro

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