Finalizadas ayudas Plan Prepara y PAE


El día 30 de abril finalizó la prórroga del Plan Prepara y  el Programa de Activación para el Empleo (PAE) sin que se haya aprobado ninguna nueva ayuda que sustituya a estos subsidios.

El PLAN  PREPARA y el PAE solo afecta a las nuevas solicitudes, las personas que tengan ya aprobadas estas ayudas, que son  de seis meses de duración, las continuarán cobrando con normalidad.


Finalizadas ayudas Plan Prepara y PAE



Los nuevos desempleados que puedan y cumplan los requisitos para optar al PLAN  PREPARA y el PAE deberán esperar a que el gobierno apruebe la nueva ayuda que sustituye a estas dos que seguramente se llame  renta complementaria de desempleo (RED), de 430€ mensuales, que no tiene que tardar en aprobarla ya que el gobierno presentó un borrador a los sindicatos para fusionar en una sola las tres ayudas extraordinarias (RAI, PREPARA, PAE).

El PAE, aún vigente, también desaparecerá y se unirá a la renta complementaria de desempleo (RED)
De esta nueva ayuda que sustituirá a las antes citadas aún no hay texto oficial ni detalle de los requisitos que habrá que cumplir para optar a ella.

En los próximos meses se conocerá todo lo necesario para optar a la renta complementaria de desempleo (RED),  la ayuda tendrá efectos retroactivos, es decir si un parado opta a esta ayuda y la solicita por ejemplo el día 20 de junio y el RED  se aprueba el 30 de Junio, se le pagara desde que la solicito.

Permisos laborales retribuidos


Todo trabajador tiene derecho a una serie de permisos laborales retribuidos ya sea por causa mayor o por otras como matrimonio, nacimiento de hijos etc, que empezará a realizarse el primer día laborable después del hecho que dé lugar al mismo.

Permisos laborales retribuidos


Todos los permisos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores son días naturales. Por otro lado, los recogidos en los Convenios colectivos también serán naturales salvo que se especifique de manera expresa que deben de considerarse como hábiles.

Aquí tenéis una lista con los motivos y duración de estos permisos laborales, previo aviso y justificación.
Esta lista os la podréis descargar desde este enlace.:

PERMISOS LABORALES RETRIBUIDOS:

Matrimonio.    15 días naturales.

Nacimiento hijo/a. permiso de paternidad  cinco semanas  

Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto. El tiempo indispensable.

Enfermedad grave o accidente (Padres, hermanos, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, yernos o nueras) 2 días (sin desplazamiento y 4 días (con desplazamiento). La relación familiar se entiende hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Hospitalización anterior. 2 días (sin desplazamiento) 4 días (con desplazamiento). La relación familiar se entiende hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo. 2 días (sin desplazamiento y 4 días (con desplazamiento).

Fallecimiento padres, hijos, cónyuge.  4 días.

Fallecimiento hermanos, abuelos, nietos, yernos o nueras. 2 días (sin desplazamiento) 4 días (con desplazamiento).

Lactancia 15 días naturales a continuación del descanso de maternidad. (Posibilidad de 1 hora diaria que podrá ser dividida en dos fracciones de media hora mientras el hijo sea menor de nueve meses

Violencia de género. Reducción de jornada o reordenación del tiempo de trabajo.

Nacimiento de hijo prematuro u hospitalización  de este a continuación del parto. 1 hora de ausencia al trabajo. Asimismo tiene derecho a reducir su jornada hasta un máximo de 2 horas con la disminución proporcional de salario

Traslado domicilio habitual 1 día.

Búsqueda de empleo. 6 horas semanales durante el preaviso. Durante el periodo de los 15 días de preaviso sim perdida de su retribución con el fin de buscar un nuevo empleo ante la extinción del contrato por causas objetivas.



GRADOS DE CONSANGUINIDAD O AFINIDAD:
Primer grado: Padres, suegros, cónyuges, hijos
Segundo grado: Hermanos, cuñados, abuelos de ambos nietos.
Tercer grado: sobrinos de ambos, tíos de ambos.

Cuarto grado: Primos de ambos.

Estos son los PERMISOS LABORALES RETRIBUIDOS  a que tiene derecho todo trabajador.