Todos sabemos que para cobrar una
pensión en España tendremos que haber cotizado un mínimo de años para poder
cobrarla, pero hay unos pocos casos es posible cobrar una pensión sin haber
cotizado el mínimo exigido a la Seguridad Social, se trata de las pensiones no
contributivas.
Las pensiones no contributivas son
prestaciones económicas que se reconocen a los ciudadanos que, carezcan de
recursos suficientes para su subsistencia, aunque no hayan cotizado nunca o el
tiempo suficiente para alcanzar a cobrar la pensión contributiva.
Por jubilación:
La pensión no contributiva de
jubilación asegura a todas las personas mayores de 65 años que por falta de ingresos puedan tener una prestación económica aunque
no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a
una pensión contributiva.
Los requisitos para acceder a
esta pensión son:
Las rentas o ingresos, en cómputo
anual sean inferiores a 5.488,00 euros anuales. Si se convive con familiares se
aplican otras cantidades (Dos convivientes: 9.329,60 euros; tres convivientes: 13.171,20
euros.) y tener más de 65 años o más.
Acceder a El SOVI
El SOVI (Seguro Obligatorio de
Vejez e Invalidez) se aplica a aquellos trabajadores que, reuniendo los
requisitos exigidos por la legislación, no tengan derecho a pensión. Sólo la
pueden recibir aquellos que cotizaron antes de enero de 1967.
Más información sobre el SOVI: https://victimadelparo.blogspot.com/2015/10/ayudas-sociales-el-sovi.html
Dentro del SOVI están incluidas
las pensiones
Por viudedad
La viuda tendrá derecho a la mitad de la pensión que percibía
el cónyuge fallecido siempre que fuera mayor de 65 años o estuviera
incapacitada para el trabajo.
Para poder cobra la pensión de
viudedad no se tiene que tener derecho a
ninguna otra pensión a cargo el Sistema de la Seguridad Social
Por vejez
Que equivale a la prestación por
jubilación. Para cobrar el por motivos de vejez es necesario:
Haber cumplido los 65 años de
edad o 60 por causa de incapacidad.
No tener derecho a ninguna otra
pensión
Por invalidez
Para cobrar el SOVI (14 pagas al
año) por motivos de invalidez es necesario:
Que la invalidez sea absoluta y
permanente para la profesión habitual y sea la causa determinante del cese en
el trabajo y que no sea por causa derivada
de un accidente de trabajo o enfermedad profesional que sean indemnizables.
Acreditar 1.800 días de
cotización al Seguro de Vejez e Invalidez (SOVI) antes de 1-1-67.
No tener derecho a ninguna otra
pensión a cargo de los regímenes que integran el Sistema de la Seguridad Social
Para poder cobrar esta prestación
por invalidez, se tiene que tener r 50 años. Si la invalidez está constituida
por la pérdida total de movimientos en las extremidades superiores o
inferiores, o pérdida total de visión, o enajenación mental incurable, se reconoce
a partir de los 30 años.
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