Penalizados los contratos de cinco días o menos


Para luchar contra la precariedad laboral y contra el abuso en la celebración de contratos temporales de corta duración  se aprueba una ley que penalizaran los contratos de cinco días o menos, las empresas que recurran a estos contratos, verán encarecida  la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes que se incrementará en un 40%.


Penalizados los contratos de cinco días o menos


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Aproximadamente uno de cada cuatro contratos que se firman tiene una duración inferior a los cinco días, y estos ya tenían un recargo del  36% que pasan a un 40%. Además los trabajadores que sean contratados por estos contratos de corta duración que sean igual o inferior a cinco días, cada día pasara a ser 1,4 días de cotización. Esta medida pretende recaudar más, y evitar el aumento de este tipo de contrarios temporales.

La temporalidad y la precariedad en el empleo es muy superior a otros países europeos, Solo hay que echar un vistazo a las cifras: según los últimos datos del Ministerio de Trabajo, el pasado mes de diciembre del 2018 se firmaron 1,86 millones de contratos de trabajo, de los cuales sólo el 10,58% era indefinido. Pero hay otro dato que llama mucho más la atención: como mínimo, uno de cada cuatro contratos de los que se firmaron en el mes tuvo una duración inferior a los 7 días, en concreto el 27,19%.

Penalizados los contratos de cinco días o menos



Penalizados también a las empresas que contraten falsos autónomos

También se sancionará a las empresas con hasta 10.000 euros de multa por cada trabajador que sea contratado como falso autónomo y que esté mal encuadrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos debiendo estar en el Régimen General o por el trasvase de trabajadores del Régimen General al RETA.


¿Que es falso autonomo? Para saber mas entra en EL falso autónomo,contrato mercantil

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