La RVI o Renta Valenciana de
Inclusión es una ayuda que concede
la Generalitat Valenciana y que fue aprobada para proteger a personas
con falta de ingresos y en riesgo de vulnerabilidad y exclusión social, esta
ayuda se puede pedir a lo largo de todo el año.
La Renta Valenciana de Inclusión
está dividida en 2 partes ya aprobadas por el gobierno Valenciano y que prevé
añadir a esta ayuda otros dos tipos más, que es:
La Renta de garantía inclusión social,
para quienes suscriben voluntariamente un acuerdo de inclusión social
La Renta de garantía de ingresos mínimos Es una ayuda para quienes no suscriben el acuerdo de
inclusión social, por ejemplo para personas problemas de adicciones, problemas psicológicos,
problemas mentales, etc).
Quedan dos tipos de ayudas
incluidas en la renta Valenciana de inclusión social, que son la renta complementaria de ingresos por prestaciones,
una ayuda para quien cobre pensiones o
prestaciones mínimas., que se podrá solicitar a partir de abril de 2019.
Renta complementaria de ingresos por
trabajo que entrara en vigora partir de abril de 2020 y es para quien tenga ingresos
mínimos procedentes del trabajo. Esta ayuda se puede solicitar en los servicios
sociales de los ayuntamientos donde reside la persona que se quiere beneficiar de
ellos.
Las ayudas de la Renta Valenciana
de Inclusión Social no tienen una duración limitada, son ayudas que se irán renovando cada 3 años mientras se cumplan los
requisitos y se cumplan las obligaciones que se asumen con los programas de
inclusión social, ni una cantidad a cobrar determinada, en los servicios
sociales se calculara el dinero a recibir según los ingresos y personas del ámbito
familiar
Requisitos para solicitar la Renta Valenciana de Inclusión
Estar empadronado en la
Comunidad Valenciana los últimos 12 meses de todas las personas de la unidad de
convivencia.
No podrán acceder a esta ayuda las
personas que renuncien o no soliciten pensiones o prestaciones a las que
tuviesen derecho.
No tener plaza en centros de
atención residencial
No disponer de bienes muebles o
inmuebles, distintos a los de la vivienda habitual
Ser mayor de 25 años. Y también
puedan solicitar la ayuda mayores de 18 años en los casos de que hayan tenido
entre 1-2 años de alta en la seguridad social y se tenga un hogar independiente, que estén en situación de dependencia o en situación de orfandad, para mayores de 16
años cuando tengan menores, personas con diversidad funcional o dependencia a
su cargo, que hayan sido víctimas de explotación sexual o trata, así como de
violencia de género o intrafamiliar, o que estén participando en un programa de
preparación para la vida independiente.
Para aclarar del todo en que consiste esta ayuda, dejo un
video en el que se explica más claramente en que consiste LA RENTA VALENCIANA
DE INCLUSION :
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